iBuyer: ¿cómo te ayuda a vender tu piso?
2024-10-31
implica ir directamente a la vivienda en busca de información. Es la única forma de obtener este dato de manera gratuita. O lo puede facilitar el mismo cliente si está interesado en la venta de su casa.
Para un comprador particular también es posible solicitar la información en la propia inmobiliaria o hacer una investigación personal por su cuenta. Si se ha firmado un acuerdo de exclusividad para la venta del inmueble con el propietario, no existe riesgo alguno por facilitar estos datos.
Ahora bien, esta no es la situación más corriente ni tampoco nos da garantías legales. Por lo que para saber quién es el propietario de una vivienda tendremos que proceder con el trámite oficial que, aunque es muy económico, no es del todo gratuito.
Todo inmueble debe estar inscrito en el Registro de la Propiedad. Así lo especifica la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.
Para acceder al mismo y buscar de forma concreta los datos del inmueble que nos interesan, tenemos que solicitar una Nota Simple. Este documento requiere un pago de 9,02 euros.
La solicitud de la Nota Simple es muy sencilla. Se puede hacer desde el portal online del Registro de la Propiedad.
Una vez se accede a este sitio web, se selecciona la opción “solicitar Nota Simple”. Se pedirá para ello la referencia catastral o la dirección del inmueble.
En el siguiente paso hay que valorar la opción “solicitar la nota como particular” si se accede solo como usuario interesado y no como profesional. También se pedirán los datos del solicitante.
En este momento del proceso se debe indicar también el método de pago, aceptar los términos y condiciones y realizar el abono del importe.
En un plazo de entre 48 y 72 horas recibirás un correo electrónico en el que se reflejará la Nota Simple con toda la información relacionada:
Por tanto, el proceso para averiguar el propietario de un inmueble es relativamente sencillo y rápido, pero hacerlo de forma oficial y legal requiere un mínimo abono económico.
Frente a ello, hay dos alternativas:
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